RECETA MÉDICA Y ÓRDENES DE DISPENSACIÓN

 en Ordenación farmacéutica

La receta médica es el documento de carácter sanitario, normalizado y obligatorio mediante el cual los médicos, odontólogos o podólogos, legalmente facultados para ello, y en el ámbito de sus competencias respectivas, prescriben a los pacientes los medicamentos o productos sanitarios sujetos a prescripción médica, para su dispensación por un farmacéutico o bajo su supervisión, en las oficinas de farmacia y botiquines, o en otros establecimientos sanitarios, unidades asistenciales o servicios farmacéuticos de estructuras de atención primaria autorizados para la dispensación de medicamentos (Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación).

La Orden de dispensación es el documento de carácter sanitario, normalizado y obligatorio mediante el cual los profesionales enfermeros, en el ámbito de sus competencias, y una vez hayan sido facultados individualmente mediante acreditación, indican o autorizan la dispensación de medicamentos, sujetos o no a prescripción médica, y productos sanitarios, por un farmacéutico o bajo su supervisión, en las oficinas de farmacia y botiquines dependientes de las mismas o, en otros establecimientos sanitarios, unidades asistenciales o servicios farmacéuticos de estructuras de atención primaria.

La Orden de dispensación hospitalaria para pacientes no ingresados es el documento de carácter sanitario, normalizado y obligatorio para la prescripción por los médicos, odontólogos y podólogos de los servicios hospitalarios, de los medicamentos que exijan una particular vigilancia, supervisión y control, que deban ser dispensados por los servicios de farmacia hospitalaria a dichos pacientes.

♣ Nuestra pregunta test de este post es:

Con respecto a la dispensación farmacéutica con receta médica privada electrónica, indique la correcta:

a) En el momento de la dispensación, los sistemas de receta electrónica deberán incorporar y remitir a las Administraciones sanitarias correspondientes, los datos de identificación del producto dispensado

b) Sólo se permitirá el acceso de los farmacéuticos al sistema electrónico mediante la tarjeta sanitaria del paciente debidamente reconocida por el sistema de receta electrónica

c) El acceso al sistema por los farmacéuticos se efectuará a través del certificado del DNI electrónico del paciente y en caso de imposibilidad, se accederá a través del Documento Nacional de Identidad

d) El plazo de validez durante el cual el paciente puede recoger el medicamento o producto sanitario en la farmacia, será de quince días naturales contados a partir de la fecha de la prescripción

En nuestro temario de las oposiciones de farmacéuticos de salud pública de la Comunidad de Madrid encontrarás la respuesta a esta pregunta y conocerás  en profundidad todos los aspectos relativos a la receta médica y ordenes de dispensación.

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