PRESCRIPCIÓN MÉDICA ESPECIAL, RESTRINGIDA Y DISPONIBILIDAD DE MEDICAMENTOS EN SITUACIONES ESPECIALES

 en Ordenación farmacéutica

En el procedimiento de autorización de un medicamento, el Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios establece que la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) determinará las condiciones de prescripción del mismo, clasificándolo en las siguientes categorías:

a) Medicamento no sujeto a prescripción médica (destinados a procesos/condiciones que no necesiten un diagnóstico preciso y cuyos datos de evaluación toxicológica, clínica o de su utilización y vía de administración no exijan prescripción médica).

b) Medicamento sujeto a prescripción médica.

Estarán sujetos a prescripción médica los medicamentos que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

a) Puedan presentar un peligro, directa o indirectamente, incluso en condiciones normales de uso, si se utilizan sin control médico.

b) Se utilicen frecuentemente, y de forma muy considerable, en condiciones anormales de utilización, y ello pueda suponer, directa o indirectamente, un peligro para la salud.

c) Contengan sustancias o preparados a base de dichas sustancias, cuya actividad y/o reacciones adversas sea necesario estudiar más detalladamente.

d) Se administren por vía parenteral, salvo casos excepcionales, por prescripción médica.

El Real Decreto 1345/2007, de 11 de octubre, por el que se regula el procedimiento de autorización, registro y condiciones de dispensación de los medicamentos de uso humano fabricados industrialmente, establece los requisitos que hacen que un medicamento se someta a una prescripción médica especial o restringida:

Se someterán a prescripción médica especial cuando contengan, en dosis no exentas, una sustancia clasificada como estupefaciente o psicótropo de acuerdo a los convenios internacionales sobre la materia.

Los medicamentos se someterán a prescripción médica restringida cuando se traten de medicamentos que exigen particular vigilancia, supervisión y control del equipo multidisciplinar de atención a la salud, los cuales a causa de sus características farmacológicas o por su novedad, o por motivos de salud pública, se reserven para tratamientos que solo pueden utilizarse o seguirse en medio hospitalario o centros asistenciales autorizados.

♠ Nuestra pregunta test de este post es:

Los medicamentos se someterán a prescripción médica restringida, cuando se traten de:

a) Medicamentos de Diagnóstico Hospitalario de prescripción por determinados médicos especialistas

b) Medicamentos de Control Médico supervisado

c) Medicamentos de Diagnóstico radiológico

d) Medicamentos supervisados

Encuentra la respuesta en nuestro temario de las oposiciones de farmacéuticos de salud pública.

 

Post recientes

Escribe un comentario

Escribe y pulsa Enter para buscar